¿Cómo uso mi seguro de salud en caso de emergencia médica o accidental?
Atención por emergencia médica o accidental:
* En clínicas: presente su DNI o carné de Pacífico en la sala de emergencia del centro de salud para ser atendido. Las emergencias causadas por accidentes se encuentran cubiertas al 100%, siempre y cuando no requieran hospitalización; mientras que las situaciones de emergencia por enfermedad serán atendidas con la aplicación del copago y coaseguro respectivo.
* Vía telefónica: comuníquese con el Broker o Aseguradora desde Lima y provincias y coordinaremos el envío de una ambulancia al lugar en el que se encuentre. Estas atenciones se encuentran cubiertas al 100%.
¿Qué son las preexistencias?
Son aquellas enfermedades y condiciones que se han iniciado o diagnosticado antes de la contratación de la póliza o plan de salud, o dentro del período de carencia.
¿Cómo uso mi seguro para una atención hospitalaria?
* Coordine con su médico la fecha en la cual se efectuará la operación.
* Su médico solicitará la aprobación a la aseguradora vía una carta de garantía, mediante la cual la aseguradora autorizará por escrito al centro de salud a realizar la atención médica, luego de validar que las coberturas y procedimientos sean los adecuados, según el diagnóstico presentado.
* Una vez emitida la carta de garantía, la clínica será informada y usted podrá acercarse en la fecha programada para ser atendido.
¿Qué es la carta de garantía?
Es la autorización escrita que la aseguradora otorga al centro de salud para realizar la atención médica luego de validar que las coberturas y los procedimientos sean los adecuados según el diagnóstico presentado.
¿Qué es el periodo de carencia?
Es el tiempo durante el cual las coberturas aún no están activas luego de la fecha de inicio de su póliza. Todo diagnóstico y/o enfermedad manifestada durante este período no estará sujeto a cobertura.
¿Qué es el periodo de espera?
Es el plazo durante el cual las coberturas aún no están activas luego de la fecha de inicio de su póliza de seguro. A diferencia del período de carencia, todo diagnóstico y/o enfermedad manifestado durante este lapso sí estará sujeto a cobertura luego de transcurrido el mismo.
GRUPO PRADO Corredores de Seguros S.A.C. © Copyright 2014